Atención de Casos




 


Preguntas Frecuentes(Parte II)

Al examinar la admisibilidad, el Comité puede considerar uno o varios de los factores siguientes:

Si actúa usted en nombre de otra persona, ¿ha conseguido una autorización suficiente o, de no ser así, tiene usted justificación para actuar como lo hace?

¿Es usted (o la persona en nombre de la cual presenta usted la denuncia) una víctima de la violación denunciada?

¿Es compatible su denuncia con las disposiciones del tratado que se invoca?

¿Está su denuncia suficientemente fundamentada?

¿Guarda relación su denuncia con sucesos ocurridos antes de que el mecanismo de presentación de denuncias entrara en vigor para su Estado?

¿Ha agotado usted todos los recursos disponibles en la jurisdicción interna?

¿Constituye su reclamación un abuso del proceso de presentación de denuncias

En contadas ocasiones, los comités pueden considerar que un caso representa un uso frívolo, enojoso o improcedente del procedimiento de presentación de denuncias y rechazarlo como inadmisible, por ejemplo, si usted presenta denuncias repetidas al comité sobre el mismo asunto aunque ya hayan sido desestimadas.

¿Se está examinando su denuncia en otro mecanismo internacional de arreglo?



 

 

 

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